Cuando quien sustituye a una madre es una persona que desaparece por vacaciones, por bajas o incluso por un ascenso, cuando compartes todo y no tienes parcela propia, cuando tu casa es solo el centro de trabajo de los adultos a los que más quieres en el mundo… ¿cómo vas a crecer? ¿Cómo te vas a sentir igual que los demás niños? La acogida por parte de las familias ayuda a que los pequeños vivan una infancia normal, como los demás.
“Se acerca a nosotros. Nos mira. Y pregunta: "¿Vosotros qué sois, mis papás?" Con un nudo en la garganta los dos afirmamos; y ella dice: "Vale"” escribe una madre en su blog
Acogiendo a Judit. El 62% de los niños tutelados por la Comunidad de Madrid tienen tanta suerte como Judit, el 38% restante espera en un centro que se decida su futuro, según datos de la Comunidad. En la mayoría de los casos quienes se quedan son los mayores, los procedentes de minorías, los grupos de hermanos, los que tienen alguna minusvalía, etc. Parece que la sociedad aún no entiende que las familias son el medio para el correcto desarrollo de los pequeños y no al revés.
La declaración de miembros de Amnistía Internacional y un informe demoledor del Defensor del Pueblo sobre 27 centros en el Senado ha sido el detonante para que la cámara alta considere necesario desalojar de los centros de menores a los niños de entre cero y seis años y ponerlos bajo la protección de familias de acogida según el diario El País. Se trata de aumentar la estabilidad del menor, lo que llaman “el vínculo emocional estable” y además ahorrarse unos cuantos euros -mantener una plaza en un centro cuesta entre 3.500 y 6.000 euros, que lo cuide una familia, de 400 a 1.000-. Es de especial interés la posible creación de la figura de los padres profesionales, personas cualificadas que reciben un sueldo por acoger a un menor tutelado. La idea se desarrolla con notable éxito en países de nuestro entorno.
Si te estás planteando el acogimiento, si te cabe un pequeño más entre los tuyos, te contamos cómo y dónde.
El acogimiento y los tipos
“Consiste en la integración de un menor en una familia, hasta que se den las circunstancias necesarias para que pueda volver con su familia o se determine otra medida de protección más apropiada” según Comunidad de Madrid. Los tipos de acogimiento varían en función de la vinculación con los menores, si se es familia del niño se habla de “en familia extensa” y si no les unen vínculos sanguíneos “en familia seleccionada”; también puede ser simple, acogimiento transitorio, permanente, acogimiento con perspectiva de largo plazo o preadoptivo; según la forma de constitución, administrativo, con el acuerdo de los padres biológicos, o judicial, sin consentimiento y por auto del juez. Hay tipos especiales como son: de especial dificultad, cuando los niños son mayores de ocho años, grupos de hermanos o pequeños con alguna minusvalía psíquica o física, con problemas de salud o de comportamiento; de urgencia, niños que tienen que estar separados de su familia por un breve tiempo y necesitan un entorno familiar sustitutorio; y por último, el acogimiento en periodo estival, en el que se trata de proporcionar vacaciones de verano en familia a niños que viven en centros de la CAM.
¿Quién puede acoger?
En la Comunidad de Madrid hay que ser residente, tener más de veinticinco años y medios de vida estables y suficientes. Además se debe disfrutar de un estado de salud tanto física como psíquica suficiente para cuidar del menor. Le dan preferencia a los matrimonios y parejas estables con más de tres años de convivencia. La diferencia de edad entre el niño y los padres de acogida no es recomendable que exceda de cuarenta años. Con respecto a las capacidades deseadas en los futuros papás, en general se trata de que sean estables, con un entorno de relaciones amplias y favorables al niño, flexibles y adaptables a las nuevas situaciones, capaces de entender al menor y su bagaje emocional e incluso que acepten relacionarse con la familia de origen, si fuera necesario.
Por dónde empezar. Pasos
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Asistir a una reunión informativa donde te explican en qué consiste tanto el proceso como el hecho de acoger y te entregan la documentación que vas a necesitar. Para solicitar cita hay que dirigirse al IMMF en la C/ Gran Vía, 14 o llamar al teléfono 902 02 44 99.
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Hay que formalizar el ofrecimiento cumplimentando la solicitud y adjuntando la documentación que te soliciten.
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Pasar un estudio psicosocial. Te harán dos entrevistas como mínimo, una como psicólogo y otra con trabajador social y recibirás una visita domiciliaria.
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Hacer un curso de formación.
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La Comisión de Tutela del Menor valorará las circunstancias y acordará si procede la aceptación del ofrecimiento y la inscripción de la familia en el Registro de Familias Acogedoras hasta que se produzca un ofrecimiento de un menor.
Ayudas a familias de acogida
- Préstamos para tratamientos psicoterapéuticos.
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Deducciones sobre la cuota íntegra autonómica del IRPF.
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Becas de comedor escolar.
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Cómputo de los menores acogidos a los efectos de familia numerosa.
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Facilidades en materia de escolarización.
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Ayudas económicas por menores acogidos.
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Abono de gastos extraordinarios a las familias con menores acogidos.
Estas ayudas están previstas para modalidades de acogimiento familiar estables en el tiempo. Para más información, consultar en el teléfono 902 02 44 99.
Direcciones de interés
Comentarios (3)
brandtbrandyn 2012-04-26 08:59:05
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